este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: La PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la presente demanda de DIVORCIO seguido por los ciudadanos ALFREDO JOSÉ CORDIDO y MERLY MERCEDES SEGOVIA DE CORDIDO, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-8.517.678 y V-11.278.105 respectivamente, asistidos por el abogado JAVIER ACEDO BRICEÑO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 53.699, (FUNCIONARIO ADSCRITO AL PROGRAMA TRIBUNAL MÓVIL DE LA ESCUELA NACIONAL DE LA MAGISTRATURA), de conformidad con lo establecido en el artículo 267 ordinal 1º del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: Se ordena expedir copias certificadas de la presente decisión a la parte interesada, así como la devolución de los originales previa certi.....