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viernes, 14 de agosto de 2015
RESOLUCION Nº 006/2015. PARTE VI. RECTORIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
5) En cuanto a la competencia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, a los fines de garantizar la prestación del servicio de justicia en aquellos casos en los cuales se presenten Amparos Constitucionales u otras acciones que por su naturaleza deban ser atendidas de manera inmediata, todo ello de conformidad con el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que consagra la Tutela Judicial Efectiva, permanecerá de Guardia el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, a cargo del abogado CAMILO ERNESTO CHACON HERRERA y el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, a cargo del abogado CESAR AUGUSTO RODRIGUEZ ACOSTA .
Disfrutando de sus vacaciones legales, la siguiente Juez de la Jurisdicción Agraria:
Ileana Nohemi Rojas, Jueza del Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria , Periodo 2014-2015, Dias 23, Lapso 17/08/2015 hasta el 17/09/2015, Incorporacion 18/09/2015
QUINTO: En cuanto al personal administrativo, vale decir Secretarios, Alguaciles, Asistentes y Archivistas, se acuerda el disfrute de sus vacaciones legales durante el período del Receso Judicial, para aquellos que a la fecha no hayan hecho uso de dicho derecho, debiendo permanecer en su sitio de trabajo aquellos que para la fecha ya hayan disfrutado el período vacacional, cumpliendo el horario de trabajo de 8:30 a.m. a 12:00 m y de 1:00 p.m. a 3:30 p.m. para los empleados, Alguaciles y Secretarios de 8:30 a.m. a 12:00 m y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m.
SEXTO: Resaltando el espíritu de compromiso y colaboración de todos los funcionarios adscritos al Poder Judicial, para el caso que por extrema necesidad de servicio se requiera la prestación del servicio de Alguaciles, Asistentes y Archivistas, que durante el Receso Judicial cumplan su jornada laboral en otras jurisdicciones distintas a la penal, podrán prestar el apoyo al Circuito Judicial Penal, en lo atinente a la práctica de notificaciones para los alguaciles; agregadurías de boleterías, foliatura de expedientes, inventario, para el personal de asistentes, ello si así se requiere, previa a una planificación que será coordinada por la Jueza Rectora.
Dada, firmada y sellada en la sede de la Rectoría de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, a los catorce (14) días del mes de Agosto de Dos Mil Doce (2015). Cúmplase. Notifíquese a la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Civil, Sala de Casación Social, Insectoría General de Tribunales, Dirección Ejecutiva de la Magistratura, Defensoría del Pueblo del Estado Yaracuy, Coordinación de la Defensa Pública del Estado Yaracuy, Fiscalía Superior del Ministerio Público del Estado Yaracuy, Dirección Administrativa Regional del Estado Yaracuy, Circuito Judicial Laboral, Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y a los Tribunales Unipersonales que conforman la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
ABOGADA DARCY LORENA SANCHEZ NIETO
JUEZA RECTORA Y PRESIDENTA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO YARACUY
DLSN/YZRM
Autor:
ABG. DARCY SANCHEZ JUEZA RECTORA DEL ESTADO YARACUY
Fecha de Publicación:
14/08/2015
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