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lunes, 24 de mayo de 2010
RESOLUCIÓN N° 008/2010. RECTORÍA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY. RELATIVO AL REESTABLECIMIENTO DEL HORARIO LABORAL.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
RECTORÍA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
DESPACHO DE LA RECTORÍA
San Felipe, 24 de Mayo de 2010
Años: 200º y 151º
RESOLUCIÓN Nº 008/2010
La Jueza Rectora de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Abg. Jholeesky del Valle Villegas Espina, en uso de las facultades conferidas:
CONSIDERANDO
Que el día de 21 de Mayo de 2010 aparece publicada en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia, Resolución identificada con el N° 2010/050, en la cual deja sin efecto Resolución N° 2010-001 de fecha 14 de Enero del mismo año,
CONSIDERANDO
Que en dicha resolución se reestablece el Horario Laboral en todos los Juzgados de la República Bolivariana de Venezuela, en la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, en las Direcciones Administrativas Regionales, en la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial y demás Despachos dependientes del Gobierno Judicial,
CONSIDERANDO
Que en dicha resolución se exhortó a todos los Tribunales de la República y demás despachos dependientes del Tribunal Supremo de Justicia, a continuar velando por un uso racional y adecuado del servicio de energía eléctrica,
CONSIDERANDO
Que dentro del marco de esta situación, se hace necesario asumir como mecanismo de gestión una planificación estratégica para seguir dando cumplimiento al artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y que permanezca incólume la garantía de una justicia idónea, transparente, imparcial y sin dilaciones indebidas,
RESUELVE:
PRIMERO: Todos los funcionarios que laboran en los Tribunales de la Jurisdicción del Estado Yaracuy, en sus diferentes competencias, están obligados a cumplir y a hacer cumplir la Resolución N° 2010/0050 de fecha 21/05/2010 emanada de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia.
SEGUNDO: En acatamiento a la Resolución emanada de la Comisión Judicial arriba citada, se ordena el reestablecimiento del horario laboral en todos los Juzgados de la Jurisdicción del Estado Yaracuy, exhortando a los Jueces, Juezas, Directores, Jefes de la Oficina Administrativa Regional, funcionarios, funcionarias y obreros a continuar velando por el uso racional y adecuado del servicio eléctrico.
TERCERO: Se deja sin efecto la Resolución N° 002/2010 del 14 de Enero de 2010; la Resolución N° 007/2010 del 18 de Mayo de 2010; la Resolución N° 003/2010 de fecha 27 de Enero de 2010, todas estas emanadas de la Rectoría del Estado Yaracuy.
Dada, firmada y sellada en la sede de la Rectoría de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, a los veinticuatro (24) días del mes de Mayo de Dos Mil Díez (2010). Cúmplase. Regístrese, Publíquese y Notifíquese a todos los Jueces y Juezas, a la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, a la Coordinación Regional de la Defensa Pública, a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, a la Dirección Administrativa Regional, al Circuito Judicial Penal, al Circuito Judicial Laboral, al Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a los Tribunales Unipersonales con sede en el Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, a la Defensoría del Pueblo, a la Fiscalía del Ministerio Público.
Jholeesky del Valle Villegas Espina
Jueza Rectora de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
Fecha de Publicación:
24/05/2010
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