Ir a Principal
Institucionales
Noticias
Eventos
Servicios
Directorio
Enlaces
Gestión Judicial
Gestión
Audiencias
Gestión Detallada
Decisiones
Ultimas Decisiones
Por Fecha
Múltiples Criterios
Por Tribunal
Jurisprudencia
Por Fecha
Indice Temático
Múltiples Criterios
Audiencias
Foros
martes, 08 de febrero de 2011
RESOLUCIÓN N° 0.010/2011. CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO YARACUY.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO YARACUY
DESPACHO DE LA PRESIDENCIA
San Felipe, 08 de Febrero de 2011
Años: 200º y 151º
RESOLUCIÓN Nº 0.010/2011
La Presidenta del Circuito Judicial Penal del estado Yaracuy, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 534 del Código Orgánico Procesal Penal:
CONSIDERANDO
Que la Herramienta Juris2000, ha sido Creada para el Mejoramiento y Modernización del Poder Judicial, la cual ha cumplido a cabalidad con los lineamientos establecidos dentro del Modelo Organizacional, que consiste en un Sistema Integrado de Gestión, Decisión y Documentación, que ha constituido un avance en la forma de Organizar y en definitiva de poder así satisfacer las necesidades de los usuarios de acceder a los órganos de la Administración de Justicia; de acuerdo a lo Establecido en el Articulo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Por tal motivo, y en ejercicio de las funciones propias del cargo que se me ha asignado se,
ACUERDA:
PRIMERO: El Usuario Juris2000 y su Clave son intransferible, es decir, personalizadas, por ningún motivo se deberá facilitar la clave a cualquier compañero de trabajo.
SEGUNDO: Todos y cada uno de los funcionarios que laboran en las siguientes Áreas que se mencionan a continuación, son los únicos que podrán poseer un usuario Juris 2000, como lo son:
¿Los Alguaciles en las funciones de U.A.C., U.R.D.D y O.A.P.
¿La Oficina de Archivo.
¿Las Asistentes Judiciales.
¿La Coordinadora de Secretarias y los Secretarios Judiciales.
¿Los Jueces.
¿La Presidenta o Presidente según sea el caso del Circuito Judicial Penal.
TERCERO: No podrán poseer usuarios Juris 2000 y Clave los Obreros no Permanentes.
CUARTO: Quien haga uso del Sistema de Información Juris2000 en abuso de las funciones que se les han asignado incurre en la violación de Leyes, Normas y Reglamentos Administrativos.
QUINTO: El funcionario que en mal uso de la herramienta Juris2000 divulgue la información que por su cargo tiene acceso a conocer, incurre en una Responsabilidad Penal, Civil y Administrativa de acuerdo a lo previsto en el Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y en la Resolución Nº 1484 Publicada en Gaceta Oficial el 30 de Octubre de 2003 en la Ciudad de Caracas por el Tribunal Supremo de Justicia.
Dada, firmada y sellada en la sede de la Presidencia del Circuito Judicial Penal del estado Yaracuy, a los ocho (08) días del mes de Febrero de Dos Mil Once (2011). Cúmplase. Regístrese, Publíquese y Notifíquese a todo el Personal adscrito al Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy.
Jholeesky del Valle Villegas Espina
Presidenta del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy
Abg. JVE/Claudia
Fecha de Publicación:
08/02/2011
Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados