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martes, 22 de noviembre de 2011
II PARTE. RESOLUCION N° 002-2011 DE FECHA 15/11/2011. CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DE NNA-YARACUY
CONSIDERANDO:
Que realizado el análisis de los datos aportados, ésta Coordinación con el aval de la Rectoría de este Estado, se pronuncian por la redistribución de los asuntos en trámite y en ejecución permanente del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, sin incorporar los expedientes terminados y contentivos de solicitudes de CURATELAS, JUSTIFICATIVOS DE PERPETUA MEMORIA, AUTORIZACIONES JUDICIALES, TÍTULOS SUPLETORIOS, RECTIFICACIONES DE PARTIDA, por cuanto solo implican sentencia, así como, los expedientes que TENGAN FIJADAS AUDIENCIAS PRELIMINARES INÍCIALES HASTA EL 23 DE DICIEMBRE DE 2011 Y AQUELLOS CON AUDIENCIAS PROLONGADAS, para no causar perjuicio a las partes que ya tienen la expectativa que su acto se realizará en la fecha fijada.
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario dar cumplimiento al precepto constitucional de garantizar a toda persona una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, como lo prevé el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
SE RESUELVE:
PRIMERO: La redistribución de los asuntos en trámite y en ejecución permanente del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, entre todos los Tribunales de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de ésta Circunscripción, incluyendo al Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de ésta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: Poner en conocimiento del contenido de la presente Resolución al Coordinador de la Comisión para la Reforma e Implantación de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, a la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia y a la Inspectoría General de Tribunales.
TERCERO: Requerir el apoyo técnico informático a la Oficina de Desarrollo Informático (ODI), de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura para llevar a cabo la redistribución de las causas.
CUARTO: Se acuerda NO DESPACHAR en los Tribunales que conforman este Circuito Judicial, durante los días 22, 23, 24 y 25 DE NOVIEMBRE DE 2011, a los fines de efectuar la distribución de causas con el apoyo del personal adscrito a la Oficina de Desarrollo Informático (ODI) de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, habiendo informado tal circunstancia a la Coordinación de la Comisión para la Reforma e Implantación de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Tribunal Supremo de Justicia, mediante oficio Nº 0432-2011 emitido en la presente fecha.
QUINTO: Se acuerda llevar a cabo las actuaciones administrativas que correspondan, con la utilización del recurso material y humano, para la organización necesaria que permita hacer efectivo lo establecido en esta Resolución, por tanto, se exhorta a los Jueces y Personal a asumir las tareas que se asignen.
SEXTO: Disponer que todos los expedientes a ser distribuidos deban encontrarse con todos sus cuadernos separados.
SEPTIMO: Se acuerda dar publicidad al contenido de la Resolución arriba señalada, en la puerta de la sede de este Circuito Judicial y áreas del Edificio Rental.
Dada, firmada y sellada en la Coordinación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción del Estado Yaracuy, en San Felipe a los quince (15) días del mes de noviembre de 2011. Años: 201° y 152°.-
Abg. YRELA CHAM RODRIGUEZ Abg. JHOLEESKY VILLEGAS
Jueza Coordinadora Jueza Rectora del Edo. Yaracuy
Fecha de Publicación:
22/11/2011
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