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martes, 14 de agosto de 2012
RESOLUCION Nº 004/2012. PARTE V. RECTORIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

RECTORÍA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, 14 de Agosto de 2012

Años: 202º y 153º

RESOLUCIÓN Nº 004/2012

El Juez Rector Encargado de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Abg. Reinaldo Rojas Requena, en uso de las facultades que le fueron conferidas y conforme a la Resolución Nº 2012-0021, de fecha 08 de Agosto de 2012, en su particular Primero, dictada por la Sala Plena,

RESUELVE:

6) En cuanto a la competencia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, a los fines de garantizar la prestación del servicio de justicia en aquellos casos en los cuales se presenten Amparos Constitucionales u otras acciones que por su naturaleza deban ser atendidas de manera inmediata, todo ello de conformidad con el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que consagra la Tutela Judicial Efectiva, permanecerá en su respectivo despacho la abogada Ileana Nohemi Rojas, Jueza del Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. Disfrutando de sus vacaciones legales, los siguientes:

Nombre y Apellido Cargo Período Días Lapso a disfrutar Incorporación

José Luciano Vitos; Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del

estado Yaracuy;

2011-2012; 18; 15/08/2012 hasta 07/09/2012; 10/09/2012

Carmen Mendoza; Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria;

2011-2012; 24; 15/08/2012 hasta el 17/09/2012; 18/09/2012

QUINTO: En cuanto al personal administrativo, vale decir Secretarios, Alguaciles, Asistentes y Archivistas, se acuerda el disfrute de sus vacaciones legales durante el período del Receso Judicial, para aquellos que a la fecha no hayan hecho uso de dicho derecho, debiendo permanecer en su sitio de trabajo aquellos que para la fecha ya hayan disfrutado el período vacacional, cumpliendo el horario de trabajo de 8:30 a.m. a 12:00 m y de 1:00 p.m. a 3:30 p.m. para los empleados, Alguaciles y Secretarios de 8:30 a.m. a 12:00 m y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m.

SEXTO: Resaltando el espíritu de compromiso y colaboración de todos los funcionarios adscritos al Poder Judicial, para el caso que por extrema necesidad de servicio se requiera la prestación del servicio de Alguaciles, Asistentes y Archivistas, que durante el Receso Judicial cumplan su jornada laboral en otras jurisdicciones distintas a la penal, podrán prestar el apoyo al Circuito Judicial Penal, en lo atinente a la practica de notificaciones para los alguaciles; agregadurías de boleterias, foliatura de expedientes, inventario, para el personal de asistentes, ello si así se requiere, previa a una planificación que será coordinada por el Juez Rector.

Dada, firmada y sellada en la sede de la Rectoría de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, a los catorce (14) días del mes de Agosto de Dos Mil Doce (2012). Cúmplase. Notifíquese a la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Civil, Sala de Casación Social, Inspectoría General de Tribunales, Jurisdicciòn Disciplinaria Judicial, Dirección Ejecutiva de la Magistratura, Defensoría del Pueblo del Estado Yaracuy, Coordinación de la Defensa Pública del Estado Yaracuy, Fiscalía Superior del Ministerio Público del Estado Yaracuy, Dirección Administrativa Regional del Estado Yaracuy, Circuito Judicial Laboral, Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y a los Tribunales Unipersonales que conforman la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.

Abogado Reinaldo Rojas Requena

Juez Rector Encargado de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy

RORR/YZRM
 
Fecha de Publicación:
  14/08/2012
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