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jueves, 06 de junio de 2013
RESOLUCION Nº 128-2013
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO YARACUY
DESPACHO DE LA PRESIDENCIA
San Felipe, 31 de Mayo de 2013
Años: 203º y 154º
RESOLUCIÓN Nº 0.128/2013
La Presidenta del Circuito Judicial Penal del estado Yaracuy, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 598 del Código Orgánico Procesal Penal:
CONSIDERANDO
Que en nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 26 se consagra la garantía de una justicia idónea, transparente, responsable, imparcial, equitativa, expedita y sin dilaciones indebidas, para lo cual el Estado venezolano ha establecido un servicio de Administración de Justicia que propende a tutelar efectivamente los derechos e intereses particulares, colectivos y difusos, y que de acuerdo a la doctrina emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, la tutela judicial efectiva comprende además la garantía de obtener, una oportuna respuesta con el dictado de la decisión de fondo de los asunto sometidos a la consideración de los Tribunales de la República.
CONSIDERANDO
Que con fecha 28 de Mayo de 2013, se dirigió comunicación a las Juezas de Ejecución 1 y 2 de este Circuito Judicial Penal, con el objeto de que bajo la coordinación del Despacho de la Presidencia y la Jefa de la Junta de Redención Jueza Libia Ríos Martínez, se cumpla con carácter de obligatoriedad la remisión a los distintos Internados Judiciales los cómputos correspondientes a penados o penadas, así como las modificaciones que se hagan de los cómputos según sea el caso.
CONSIDERANDO
Que sobre la base de dicha comunicación, en lo atinente a los Delitos relacionados con la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, tal como se les ha orientado a los Jueces de Ejecución, a los penados condenados por estos Delitos les nace el Derecho para la realización de redención de pena por trabajo y estudio.
CONSIDERANDO
Que el Poder Judicial tiene el compromiso con las políticas públicas emanadas del Ministerio del Poder Popular para los Servicios Penitenciarios, por lo que, en el orden de la Humanización Carcelaria, se requiere con extrema urgencia la implementación y el desarrollo de los valores acordes con las corrientes humanistas y progresistas mas avanzadas.
CONSIDERANDO
Que con miras a contribuir con la Humanización del Sistema Penitenciario dirigido por el Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario a cargo de la Ministra Iris Varela.
CONSIDERANDO
Que los Jueces Penales estando conscientes del compromiso asumido con el sistema de justicia y la alta responsabilidad, que conlleva el desempeño de la función judicial, y como quiera que las Juezas de Ejecución suministraron un listado que en su conjunto conllevan a la realización de ochenta y un (81) informe Psico Social.
CONSIDERANDO
Que se organizó un operativo especial para la realización de dichos informes Psico Social, a cargo del equipo Multidisciplinario dirigido por el Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario, que arribó al estado el día de hoy, así como la realización de veintitrés (23) redenciones por parte de la Junta Rehabilitadora por el Estudio y el Trabajo del Internado Judicial del Estado Yaracuy.
Fecha de Publicación:
06/06/2013
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