DECISION
En consecuencia, por cuanto se evidencia que se encuentran cumplidos los extremos de Ley, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA al ciudadano WILLY JOSE MORA BOLIVAR, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-30.561.641, los niños (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA respectivamente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la cujus SELSY DONALYS BOLIVAR LINAREZ, quien en vida era venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-17.254.521, quien falleció ab-intestato, el día 18 de DICIEMBRE de 2024; en su condición de hijos; sin perjuicio de terceros de ig.....