DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la pretensión contenida en la demanda de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, incoada por la Ciudadana: IRIS ARMINDA LEON venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad N° V-16.112.223 debidamente asistida por el Abogado WILMER JOSE PACHECO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 195.120, en contra la Ciudadana: YOSMARLIN MARIANA DAZA ROJAS, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-21.049.749, en consecuencia:
PRIMERO: DECLARA RECONOCIDO en su contenido y firma el documento privado contentivo en la demanda, cursante del folio seis (06) de conformidad con lo establecido en los Artículos 444 y 450 del .....