y así se decide.
Por las razones expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la pretensión contenida en la demanda de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO POR VÍA PRINCIPAL incoado por la ciudadana Joybeth Elimar Del Carmen Cisneros Gutiérrez, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad n°. 30.518.181, debidamente asistida en este acto por la abogada en ejercicio Sonia Gutiérrez, inscrita en el I.P.S.A., bajo el nº 187.581, contra la ciudadana Sorelys Del Carmen Marcano Sánchez, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad n°. 11.648.556 respectivamente. En consecuencia:
PRIMERO: Téngase de conformidad con lo preceptuado en los artículos 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 1363 y 1364 del Có.....