ARREGLO TRANSACCIONAL: Ahora bien, LA EMPRESA atendiendo al pedimento formulado por EL TRABAJADOR en el sentido de convenir en una fórmula transaccional para dar por terminada total y definitivamente la presente reclamación y cualesquiera otras diferencias que pudieran existir entre las partes; teniendo en cuenta el interés común de las partes de dar por terminada la presente controversia y cualquier otra derivada de la extinta relación laboral entre ambos, sin que ello signifique en modo alguno que LA EMPRESA acepte los argumentos expuestos por EL TRABAJADOR o convenga en los conceptos reclamados, las partes haciéndose recíprocas concesiones, y de acuerdo al salario percibido por EL TRABAJADOR que durante su relación laboral acepta que fueron Bs. 778,00 diarios y por cuanto la cantidad demandada, es de UN MILLON SEISCIENTOS SETENTA Y UN BOLIVARES CON CINCUENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 1.671.642,54); LA EMPRESA a los fines de precaver futuros litigios, dando cumplimiento a la función so.....