PRIMERO: Toma la palabra la apoderada judicial de la parte demandada la abogada AIXA DUBRASKA SALAZAR ANGULO, ya identificada, quien manifiesta, apegada a los principios del derecho procesal laboral de mediación y conciliación, conviene en pagar a la ex trabajadora por el tiempo de servicio prestado, incluyendo todos sus derechos laborales por lo conceptos demandados en el escrito libelar la cantidad de DOSCIENTOS VEINTINUEVE MIL SEISCIENTOS QUINCE BOLÍVARES CON ONCE CÉNTIMOS (Bs. 229.615,11), realizado a la cuenta bancaria de la demandante la ciudadana ARELYS DEL CARMEN BERMUDEZ LÓPEZ, titular de la cédula de identidad número V-26.262.413, al banco Banesco, en la cuenta corriente 0134-0866-1600-0140-6204, mediante transferencia electrónica.
SEGUNDO: Toma la palabra el apoderado judicial de la parte actora el abogado ARGENIS DARÍO OSORIO MONTOYA, ya identificado, quien expone: Acepto el monto convenido y conforme se recibe en este acto en la cuenta bancaria del banco Banesco de la ex.....