REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, cinco (5) de octubre de Dos Mil Veintiséis (2026)
216° y 167°
EXPEDIENTE Nº JSA-2026-000570
Visto el contenido de acta de inspección judicial que riela inserta a los folios 73 al 77 ambos inclusive, en la cual se evidencia solicitud de copias certificadas realizada por la supuesta agraviante, abogada GILDA ROSA ALVELAEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Numero V-8.566.083 en su condición de Sindico Procuradora de la Alcaldía del Municipio Bruzual, estado Yaracuy; en consecuencia, este Juzgado Superior Agrario, luego de la revisión de los presupuestos para el otorgamiento de copias fotostáticas certificadas, previstos en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, vale decir, que quien lo solicite sea parte en el juicio, y que los documentos cuyas copias fotostáticas certificadas s.....