DISPOSITIVA
En fuerza de las anteriores consideraciones este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Nirgua, Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO:CON LUGAR,la demanda conforme al criterio expresado en la motiva de esta sentencia, donde se concluye que la presente acción no es una nulidad absoluta, ni relativa de documento de venta, sino una resolución de contrato prevista y sancionada en nuestra Legislación Civil tal como se describió anteriormente.
SEGUNDO:Se declara la resolución de la venta celebrada entre los ciudadanos: ORAN MEDEROS GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº E- 787.585, de este domicilio y SEGUNDO MEDEROS PAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.416.987, de este domicilio, por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Nir.....