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DISPOSITIVO
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: JUSTO TÍTULO SUPLETORIO a favor de las ciudadanas YOLI MARBELI LEAL LAGUNA y KEILYS REIMAR SANCHEZ LEAL, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.528.817, V-27.591.904 respectivamente, representadas por el Defensor Público Tercero (3º) en Materia Agraria, Adscrito a la Unidad de Defensa Pública del Estado Yaracuy, Abogado CARLOS MUJUCA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.356.404, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 264.704, sobre una bienhechurías ubicadas en un de terreno LA BENDICION DE DIOS" ubicado en el Sector Musural, Asentamiento Campesino sin Información, Parroquia sin Parroquia, Municipio S.....