En razón de las anteriores consideraciones, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SU COMPETENCIA para decidir el presente Recurso de Apelación en el juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, contra el auto dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, de fecha 19 de septiembre del año 2025 cursante en el folio diecinueve (19) de este expediente, en el particular relativo a la negativa de la prueba de experticia informática.
SEGUNDO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana DANIELA ALEJANDRA COLMENARES MARCHETTO contra el auto dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, de fech.....