EN RELACIÓN A LA OBLIGACION DE MANUTENCION:
El padre aportara la cantidad de doscientos dólares americanos (200$) mensual, distribuidos la cantidad de 100$ dólares los quince y ultimo de cada mes pagaderos en Bolívares de acuerdo a la tasa de cambio oficial establecida por el Banco Central de Venezuela. Asimismo, propone que el concepto correspondiente al mes de septiembre con motivos a UNIFORMES y ÚTILES ESCOLARES de cada año, el padre le aportara la cantidad 300 $ dólares americanos pagaderos en bolívares de acuerdo a la tasa de cambio oficial establecida por el Banco Central de Venezuela. Del mismo modo, en cuanto a los GASTOS DECEMBRINOS, el padre plantea la cantidad de 300$ dólares americanos, pagaderos en bolívares de acuerdo a la tasa de cambio oficial establecida por el Banco Central de Venezuela. Por otra parte, convienen que los gastos que genere la crianza de los Adolescentes relativos a vestido, calzado, inscripción y matriculas escolares, recreación, consultas médicas, m.....