Éste Tribunal Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la ACCIÓN POSESORIA POR DESPOJO A LA POSESIÓN AGRARIA,que incoara el ciudadano CAMILO GUILLERMO DONGO GONZÁLEZ DEL VALLE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.139.471, representado en un primer momento por la Abg. NOHANI ORELLANA, inscrita en el IPSA bajo el N° 114.554, actuando en su condición de Defensora Pública Provisoria Segunda (2°), en Materia Agraria, Adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Estado Yaracuy, y posteriormente por la Abg. IVIANY YENILET SILVA RIVERO,inscrita en el IPSA bajo el Nº 190.198,en contra delos ciudadanos FÉLIX RAMÓN MENDOZA GÓMEZ, JUAN RAMÓN ZAPATA ARTEAGA, CARLOS JOSÉ ALVARADO PINTO, ORLANDO RAMÓN ESCOBAR, ANDRÉS RAFAEL MORILLO RODRÍGUEZ, EUCARIS MIGDALIA AVILA CASTELLANO, EDGAR ALCIDES BELLO.....