PRIMERO: ORDENAR oficiar de manera inmediata a la Jueza del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, abogada MONICA DEL SAGRARIO CARDONA PEÑA, a los fines de que, en el lapso perentorio de tres (03) días de despacho, remita a este Juzgado Superior Segundo, copia certificada del Poder otorgado a la abogada en ejercicio DANIELA ALEJANDRA COLMENARES MARCHETTO, Inpreabogado Nº 161.667, e informe detallado sobre los siguientes extremos procesales de la causa principal Nro. 8228 nomenclatura interna de ese Juzgado: Fecha precisa en la cual fue consignado el poder especial otorgado por la ciudadana AUDRY JHOSLEIDY ARTEAGA PADILLA. Así como, la etapa procesal en la que se encontraba el juicio para la fecha de la referida consignación del poder. Líbrese oficio.
SEGUNDO: SE SUSPENDE el lapso para dictar sentencia en la presente incidencia, de conformidad con lo previsto en el Artículo 521 del Código de Procedim.....