PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de COLOCACIÓN FAMILIAR, incoada por la ciudadana Dulce Consuelo Lucena Aparicio, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 10.371.721, residenciada en El Sector Vista al valle, calle 2, casa N° 19 de Cocorote del Municipio Cocorote del estado Yaracuy, asistida por el abogada Javier Arturo Bolívar Montenegro, Defensor Público Provisorio Tercero, adscrito a la Defensa Pública del estado, contra los ciudadanos FRAY ENRIQUE EIZAGA FERNANDEZ y DULIANIS ANDREINA GONZÁLEZ LUCENA, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nros. V.-19.455.830 y V.- 18.759.434, respectivamente, domiciliados ambos en el Reino de España, en beneficio del adolescente (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),y el niño Fabián Mathias Eizaga González, venezolanos, nacidos en fechas: El primero 27/07/2011 El segundo 31/05/2018,de catorce (14) siete (07) años de edad; representados ju.....