Por las razones anteriormente expuesta, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de divorcio fundamentada con el artículo 185 del Código Civil, en concordancia con la Sentencia vinculante Nº 1070, emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 9 de diciembre del año 2016; interpuesta por la abogada GALIMAR LOURDES ABREU CASTRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 11.648.100, inscrita en el Instituto de Previsión Social bajo el N°. 169.562, en su condición de apoderada judicial de la ciudadana ROSA AURORA GIMÉNEZ RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.647.694, mediante la cual solicita la disolución del vínculo matr.....