-IV-
DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la presente solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, suscrita y presentada por ciudadano JOSE MANUEL PEREZ SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.906.194, debidamente asistido por el abogado en ejercicio WILFREDO JOSÉ BARRIOS MARTÍNEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°102.541; sobre unas bienhechurías ubicadas la calle La Laguna, final de la Avenida el Cementerio, sector el Cementerio, Guama, municipio Sucre del estado Yaracuy, constante de una superficie de MIL CIENTO TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS (1.135 mtrs2) alinderado de la siguiente manera: NORTE: casa y solar del ciudadano Carlos Sánchez; SUR: terreno ocupado por la ciudadana Ángela Monsal.....