En orden a los razonamientos que anteceden, este Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con sede en San Felipe, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de inhabilitación de la ciudadana STEFANY MILAGRO GUEVARA BRAVO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-28.251.456, representada judicialmente por la abogada Juliet Celit Montes Pérez, Defensora Publica Auxiliar Segunda, adscrita a la Defensa Pública del estado Yaracuy, con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, formulada por su mama ciudadana PRISCA ERIKA BRAVO MAVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-12.083.552, domiciliada en Calle Occidente, Casa N° 14, Guama, Municipio Sucre, estado Yaracuy; inicialmente asistida judicialmente por el Abogado en .....