DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la ciudadana PÉREZ DE RAMÍREZ CARMEN TERESA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº 4.969.896, y quien residía en la urbanización Los Pinos, calle 11, casa N° 8, municipio Independencia, estado Yaracuy, suficientes para asegurarle el derecho, que le corresponde a los ciudadanos RAMÍREZ ROJAS SEGUNDO RAMÓN, RAMÍREZ PÉREZ VANESSA ANA REASILVIA, RAMÍREZ PÉREZ STEFANIE VICTORIA JOSEFINA y RAMÍREZ PÉREZ RAMÓN SEGUNDO III, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho y titulares de la cédula de identidad Nº 5.459.913, 14.608.883, 17.255.448 y 20.890.576 respectivamente. Quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse al solicitante, las presentes actuaciones que forman parte del expediente Nº 5.152-25 (de la nomenclatura interna llevada por este Tribunal), y déjese copias certificadas en el archivo del Tribunal.