PRIMERO: CON LUGAR LA ADMISIÓN DE LOS HECHOS, en consecuencia se declara CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoada por el ciudadano PEDRO RAMÓN MARAMARA SALAZAR, titular de la cédula de identidad numero V-12.278.323, contra la entidad de trabajo GRASAS OCCIDENTE, C.A., representada por los ciudadanos RAÚL ARMANDO SAAVEDRA VÁSQUEZ y MIRLA GONZÁLEZ DE QUINTERO, titulares de la cedulas de identidad números V-12.433.496 y V-2.816.827, respectivamente.
SEGUNDO: La parte demandada deberá pagar a la parte actora la cantidad de CIENTO CINCO MIL TRESCIENTOS DIEZ BOLÍVARES CON SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs. 105.310,75), por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales.
TERCERO: Se ordena la realización de experticia complementaria del fallo, por un único experto designado por el Tribunal en su oportunidad, a fin de determinar los conceptos señalados en la parte motiva de la presente sentencia.
CUARTO: En caso de no cumplimiento vo.....