en concordancia con el artículo 396 de la precitada ley este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: LA COLOCACION FAMILIAR PROVISIONAL a favor de la ciudadana NORMA JOSEFINA DURAN BENCOMO venezolana, mayor de edad, titular de la cedulas de identidad Nº 9.685.544 en beneficio de los adolescentes