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DISPOSITIVO
Por las razones y consideraciones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: Se Ratifica en todas y cada una de sus partes la MEDIDA AUTÓNOMA DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE Y A LA BIODIVERSIDAD solicitada por el ciudadano SANDRO FALOPPA IPPOLITO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.388.408, en su carácter de Vicepresidente de la Junta Directiva y representante legal de la Sociedad Mercantil "AGRICOLA LA NEGRITA C.A", con domicilio en la calle Principal La Negrita, sector Sabaneta, local "Planta Acusa", municipio Independencia del estado Yaracuy; Registro Único de Información Fiscal J-300979873; e inscrita originalmente en el Libro de Registro de Firmas de Comercio llevado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, A.....