DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Primero De Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana ANA JULIA CASTRO ENRIQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 7.431.535, en su condición de Presidente de la Organización Comunitaria de Vivienda (O.C.V.) "SANTA ANA".
Publíquese, regístrese y comuníquese.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho del de hoy en San Felipe, a un (01) día del mes de febrero del año dos mil seis (2006).
El Juez Titular,
Abg. Humberto José Brito Brito.
La Secretaria Accidental,
Abg. Greisly James Rivero
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publico y se f.....