Vista la admisión de los hechos este Tribunal declara CULPABLE al ciudadano PEDRO ENRIQUE VALDERRAMA GARCÍA, por el Delito de: ROBO GENERO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el articulo 455 en concordancia con el artículo 80 último aparte del Código Penal, en perjuicio de: NIERES VALERA, NELSON JOSÉ, y en consecuencia lo condena a cumplir la pena de CUATRO (4) AÑOS DE PRISION pena que se obtiene de conformidad con los artículo 37, 80,375 del Código penal y 376 del COPP, pena que cumplirá en las condiciones de moto, tiempo y lugar que establezca el Tribunal de Ejecución ya que la pena a imponer es de es de Seis a Doce anos, siendo la pena media nueve Años, a los cuales se le rebaja una tercera parte de acuerdo a lo planteado en el artículo ochenta del Código Penal, quedando en seis años y a esta pena se le redice un tercio por el procedimiento de Admisión de Hechos de acuerdo a lo previsto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal resultando la pena a cum.....