Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio y declara disuelto el vinculo matrimonial, que unía a los ciudadanos LUIS VICENTE RODRIGUEZ FRANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V- 15.721.421 y MARIA JOSE LOYO PIRELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V- 19.856.174. EN BASE A LA SENTENCIA N° 1070, DE FECHA: 09/12/2016, dictada por la sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, el cual fue contraído en fecha 10/12/2015, según acta de matrimonio signada con el Nº 182, del año 2015, folio 182, tomo 1 expedido por el Registro Civil del Municipio Nirgua del estado Yaracuy.