este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: La procedencia del Acuerdo Conciliatorio de Resolución de Conflictos Extrajudicial presentado por los abogados NEYRA JUANELLY HERRERA, quien actúa en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, ciudadana DEIDE YURIMAR MARTINEZ GARCES, ya ampliamente identificada, según Poder Apud Acta conferido; y por otra parte, FRANCISCO JAVIER HERRERA PAEZ actuando como apoderado judicial del ciudadano ARMANDO ALBERTO VALBUENA AÑEZ, identificado en autos, mediante el cual decidieron poner fin a la presente controversia, en consecuencia, se imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la.....