En consecuencia, por cuanto se evidencia que se encuentran cumplidos los extremos de Ley, este Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA como CARGA FAMILIAR del ciudadano ANGEL JESÚS GAMARRA GUEDEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número 16.823.918, a los niños Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA, nacidos en fecha 8 de octubre de 2013 y 7 de agosto de 2016 respectivamente.