DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho que han quedado explanadas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", resuelve:
PRIMERO: Declara penalmente responsable a los adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA), por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal venezolano Vigente, en perjuicio de los ciudadanos (IDENTIDAD OMITIDA) y en consecuencia, se condenan a cumplir UN (1) AÑO DE MEDIDA DE PRIVACION DE LIBERTAD, una vez efectuada la rebaja un tercio al lapso solicitado por la Vindicta Pública, y sucesivamente, para ser cumplidas en forma simultánea, las de Reglas de Conducta y Libertad Asistida por el la.....