declara las presentes actuaciones TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente, para asegurar el derecho que le corresponde a los ciudadanos EVELYN MILAGROS ROJAS DE CUELLO, ATAHUALPA JAYAGUATA CUELLO ROJAS Y ATAMAIKA VATSYANA CUELLO ROJAS, todos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.587.966, V-15.387.656 y V-17.117.646 respectivamente, cónyuge e hijos del de Cujus ciudadano EDGAR MIGUEL CUELLO GALVEZ,