Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte la HOMOLOGACIÓN A LA TRANSACCIÓN, en los términos en que fue presentada ante este Tribunal, por los ciudadanos OSCAR ROSARIO CHIRINOS, venezolano, mayor de edad, divorciado, titular de la cedula de identidad N° V- 5.460.632, representado judicialmente por la abogada Mariela Piñero, inscrita en el Inpreabogado bajo en el 108.417 y la ciudadana ALECIA COROMOTO COLMENAREZ, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cedula de identidad N° V- 5.963.622, representada judicialmente por e Raudy Gudiño, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. Nº 205.710, en el juicio de PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, en fecha 0609 de Febrero de 2021, y que se encuentra agregado al folio 5.....