PRIMERO: Se ADMITE la solicitud de Desacato, conforme al artículo 31 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, interpuesto por el abogado ENIO JESÚS ZERPA BOISSIERE, inscritos en el I.P.S.A. bajo el Nro 49.979, actuando como representante judicial de la presunta parte agraviada, ciudadanos ELENA DEL CARMEN BELIZARIO DE MANUNTA y JOSÉ MANUEL BELIZARIO MUJICA, por el presunto incumplimiento al Mandamiento de Amparo Constitucional por Omisión de Pronunciamiento, dictado por el Juez Superior Primero Accidental en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en fecha 13 de agosto de 2024 contra la abogada WENDY YANEZ RODRIGUEZ, en su condición de Jueza Tercera de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 26 y 31 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y sentencias N 138 y 245 de fechas 17.....