DISPOSITIVO
Con las consideraciones que anteceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: UNICO: Sin Lugar la Primera y Tercera denuncia y Parcialmente con lugar la segunda denuncia, formuladas en el recurso de apelación interpuesto por la Abg. Marbella Gutiérrez, Defensa Privada del adolescente H.J. H, por lo que se instruye al Juez de Juicio que corresponda conocer este asunto, que se sirva evacuar la testimonial del ciudadano GUILLERMO ENGELBERTH ELIHU PINTO BRITO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 25.646.744, domiciliado en el sector 23 de Mayo, avenida Libertador, a una cuadra de la Panadería 23 de Mayo, Sabana de Parra, Municipio José Antonio Páez del estado Yaracuy, teléfono 04163507686. Cúmplase.
Los Jueces de la Corte de Apelaciones Accidental
Sección Adolescente
ABG. JHOLEESKY DEL VALLE VILLEGA.....