PRIMERO: IMPROCEDENTE la solicitud de medida de embargo provisional del bien mueble comprendidos en: 1)- Un vehículo auto motor, Clase, Camión, Marca, Mack, Modelo: Mack, CH 6 3 HD/; Año: 2001, Color, Blanco, Tipo, Chuto, Uso: Carga, Placas A73AA2L, serial de carrocería: 8XGAA14Y01V001474, serial de motor: 1R027. Dicho vehículo le pertenece al demandado identificado en autos, según Certificado de Registro de Vehículo N° 16 emanado del Instituto Nacional de Transporte Terrestre de fecha 12 de agosto de 2022.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, dada la naturaleza de la acción.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, en la página web oficial del Tribunal Supremo de Justicia WWW.TSJ.GOB.VE.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY. En San Felipe, a los dos (02) días del mes de diciembre de 2025. Años: 215° y 166°.