DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, incoada por la ciudadana TORREZ DE CARUSI DARÍA TERE, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° 7.916.302, domiciliada en la urbanización Las Acequias, N° 01-03, bloque 11, edificio 01, municipio Cocorote, estado Yaracuy, debidamente asistida por el abogado NOGUERA MORA HÉCTOR JOSÉ, inscrito en el Inpreabogado con el N° 172.292, contra el ciudadano GUTIÉRREZ VÁSQUEZ ORLANDO JOSÉ, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° 11.274.673, domiciliado en la urbanización Villas de Oro, calle 2, municipio Independencia, estado Yaracuy, todo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, en consecuencia,
SEGUNDO: Téngase de conformidad con lo preceptuado en los artículos 444 y 450 del Código de Procedimiento Ci.....