En razón de los fundamentos expuestos, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: La INCOMPETENCIA POR EL TERRITORIO para conocer de la presente demanda de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, incoada por la ciudadana TEREZA JOSEFINA GRIMAN TORREALBA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-10.861.709 de este domicilio, debidamente asistida por la abogada ZORÁN GARCÍA., inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 101.723; en consecuencia, declina la competencia al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. SEGUNDO: Se ordena remitir la presente demanda acompañada de oficio al prenombrado Juzgado en la oport.....