Sin embargo quien Juzga sostiene que en ocasión a la comparecencia de la demandada la empresa TRANSPORTE ROSALIO CASTILLO, C.A, representada por el ciudadano: ROSALIO ENRIQUE CASTILLO REYES, identificado en autos, representada en este acto por el ciudadano: MANUEL GUILLERMO CASTILLO REYES, antes identificado, sin representación o asistencia de abogado por lo tanto quien Juzga acuerda DIFERIR la presente Audiencia Preliminar fijada para el día de hoy 03-07-08, a las 11:00 AM, por consiguiente se DIFIERE dicha Audiencia Preliminar para el día MIERCOLES 09-07-2008, A LAS 02:00 PM. Se difiere para esta fecha por estar fijadas otras Audiencias Preliminares los días anteriores. Asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley.