Por todos los razonamiento anteriores, este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDA DE LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSE ANTONIO PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la solicitud de divorcio 185-A formulada por el ciudadano MARCOS RAMON LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-4.124.506, asistido por el Abogado Jesús Rojas, Inpreabogado Nº 244.890. en consecuencia se declara: PRIMERO: Se DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos: MARCOS RAMON LOPEZ y LUZ MARINA MENDEZ plenamente identificados, celebrado por ante el Consejo Municipal de Distrito Yaritagua HOY Registro Civil del Municipio Peña del Estado Yaracuy inserta en el libro respectivo bajo Acta de Matrimonio Nº 30, Folio 32 de los libros llevados para el año 1985; SEGUNDO: Respecto a los hijos procreados durante la unión m.....