Por lo antes expuesto, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas De Los Municipios Bolívar, Manuel Monge y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara.
DECISIÓN:
PRIMERO: CON LUGAR, la presente solicitud de rectificación de acta de nacimiento solicitada por la ciudadana ISABEL GREGORIA HERNÁNDEZ VARGAS, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, titular de la cédula de identidad N° V- 4.579.713.
SEGUNDA: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se declara RECTIFICADA el acta de nacimiento presentada por la ciudadana ISABEL GREGORIA HERNÁNDEZ VARGAS, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, titular de la cédula de identidad N° V- 4.579.713; N° 603, folio 303, de los Libros de Nacimiento llevados por el Registro civil del municipio Puerto Cabello del estado Carabobo para el año 1.957; de conformidad a lo establecido en el .....