Por todas las consideraciones antes expuestas; este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del presente Recurso de Hecho ejercido por el abogado MIGUEL ADOLFO ANZOLA CRESPO, antes identificado, en su condición de apoderado judicial de BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por la representación judicial de BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A. abogado MIGUEL ADOLFO ANZOLA CRESPO.
TERCERO: En virtud de la especial naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.
CUARTO: La presente decisión se dicta dentro del término legal establecido conforme lo dispuesto en el artículo 307 del Código de Procedimiento Civil.
QUINTO: Se ordena la publicación del presente fallo en el portal web del Tribunal Supremo de Justicia.
SEXTO: Se ordena remitir al Juz.....