En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de la Circunscripción judicial del estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la demanda de Privación de PATRIA POTESTAD, incoada por la Ciudadano: ÁNGEL DE JESUS GUTIERREZ LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 19.063.439, domiciliado en la Urbanización el Valle, calle 4, casa Nº 11, Municipio Independencia, estado Yaracuy, asistido por la abogado: Emir Jandume Morr Nuñez, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-7.913.253, e inscrita en el Inpreabogado con el Nro. 38.044, en beneficio del niño: "IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA" , nacido en fecha: 05/08/2013, de nueve (9) años de edad, en contra de la ciudadana: EUNICE YUSNEIDA PINTO TORRES, venezola.....