este Juzgado de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la pretensión contenida en la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoada por el Abogado JOSE DOMICIANO SEGURA, quien está inscrito en el INPREABOGADO Nº 95.580, en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana YILDA GARCÍA PEREZ, portadora de la cédula de identidad Nº 5.442.224, en contra de los ciudadanos ARACELIS MERCEDES PEÑA TORRES, SUHAIR COROMOTO PEÑA TORRES, ANA ZUHARELYS PEÑA TORRES, NEYIMAR DEL CARMEN PEÑA TORRES, NELWIR RAFAEL PEÑA TORRES y NELSON JOSÉ PEÑA, portadores de las cédulas de identidad Nºs 14.211.603, 14.709.239, 16.112.943, 16.483.013, 17.469.103 y 18.757.256 respectivamente, quienes estuvieron debidamente representados por el Abogado FRANCISCO RAFAEL BRITO MENDOZA, quien está inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 168.99.....