Por todos los razonamientos anteriores, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSE ANTONIO PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, conforme a la Resolución N° 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, actuando en sede Civil, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley" DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: CARMEN COROMOTO LITHINER TORRES Y ADOLFO JOSE ARENAS MONTERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-6.858.811 y V-10.859.341, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada MARISELA HERNANDEZ VEGA, inscrita en el Inpreabogado con el número 20.581, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial, contraído por los prenombrados cónyuges, en fecha treinta (30) de abril de dos mil ocho (2008) por ante el Registro Civil del Municipio Urachiche, Estado Yaracuy, según acta de.....