SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Emilio José Zámar Gutiérrez inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.021, en su condición de apoderado judicial de la parte demandante, contra la sentencia dictada en fecha 26 de octubre de 2007 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, que negó la solicitud de medida preventiva de secuestro solicitada por la accionante.
Se condena en costas a la parte recurrente.