Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: Primero: Se decreta la nulidad absoluta del escrito acusatorio presentado por la Fiscal Décima Segunda del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy en fecha 31 de Octubre de 2006 y de todas las actuaciones posteriores a esa fecha, de conformidad con los artículos 190, 191 y 195 del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo: Se repone la presente causa a la fase de investigación. Tercero: Se acuerda la remisión del presente asunto al Tribunal de Control N° 3 de este Circuito Judicial Penal una vez vencido el lapso legal para interponer el recurso de apelación.
Regístrese y Publíquese la presente resolución. Cúmplase.
La Jueza de Juicio N° 1
Abg. Gloria Sofia Fuenmayor González
La Secretaria,
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