DECLARA CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EN CONSECUENCIA EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en la presente causa por DIVORCIO, incoado por el Ciudadano VACCARO ASCANIO GIUSEPPE DAMIAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº19.414.828, y de este domicilio, asistido por el abogado en ejercicio: José Ángel González J., inscrito en el inpreabogado bajo el número: 30.951, contra la ciudadana MAIRA ALEJANDRA JIMENEZ SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 22.313.383, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 267.1° y 269 del Código de Procedimiento Civil.
No hay condenatoria en costas, en virtud de la presente decisión.
Notifíquese, de la presente decisión a la parte actora, ciudadano: VACCARO ASCANIO GIUSEPPE DAMIAN, a través de boleta de notificación, la cual será publicada en la cartelera del Tribunal, ya que en el escrito de demanda no se señalo su domicilio procesal, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 174 del C.....